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APAG valora positivamente la calificación de explotaciones para alimentar necrófagas

16 noviembre, 2012

Todas las solicitudes presentadas por los ganaderos de la provincia de Guadalajara para autorizar el depósito de animales muertos para alimentación de aves necrófagas, han sido aprobadas por la Consejería de Agricultura. APAG valora positivamente esta decisión que supone un ahorro para los ganaderos, al no tener que contratar el seguro de Retirada de Cadáveres.

 

Todas las solicitudes presentadas por los ganaderos de la provincia de Guadalajara para autorizar el depósito de animales muertos para alimentación de aves necrófagas, han sido resueltas positivamente.

Un total de 293 explotaciones ganaderas, 267 de ovino y 26 de ganado caprino, han sido autorizadas como  “Zonas de protección” lo que significa que estas explotaciones de ganado extensivo están autorizadas a dejar sus animales muertos para que sirvan de alimento a dichas especies de aves.

Para APAG es un motivo de satisfacción que el 100% de las solicitudes presentadas hayan sido resueltas positivamente, ya que desde la Asociación se ha trabajado en la elaboración de esta normativa, en diversas reuniones con ganaderos y con la Administración y una vez publicada APAG informó y animó a los ganaderos, en especial a los de la Sierra Norte, que son los más afectados por los ataques de buitres, a solicitar esta autorización.

Además esta novedad supone un ahorro para los ganaderos al eliminar la obligación de contratar el Seguro de Retirada de Cadáveres.

En el caso de Guadalajara las zonas de protección engloban toda la provincia, salvo Azuqueca de Henares y Alovera. En estas Zonas se permite la alimentación de necrófagas (buitre leonado, buitre negro, milano real, etc)  con subproductos animales (como son los cadáveres de animales).

Las explotaciones autorizadas deben cumplir una serie de requisitos, entre ellos: depositar los cadáveres alejados de cualquier suministro de agua potable,, o cualquier curso de agua, así como de cualquier centro urbano, carretera, camino, tendido eléctrico, parque eólico y aeropuerto, así como  llevar un libro de registro de los aportes realizados, declarar anualmente entre el 1 y el 15 de febrero los datos del libro de registro  ante la Consejería de Agricultura, mantener la Calificación Sanitaria exigida a la explotación y efectuar una vez al año una prueba rápida de detección de ETT al menos en uno de los animales muertos.

Esta calificación responde al Decreto 120/2012 de 1 de agosto de 2012 que regula la alimentación de determinadas especies necrófagas con subproductos animales no destinados al consumo humano en Castilla-La Mancha, y en el que se recoge la creación de una “Red de Alimentación de Especies Necrófagas”, con el fin de facilitarles el alimento en las zonas donde su falta de disponibilidad esté llevando al declive a las poblaciones de estas especies.

Por otro lado, se ha creado la nueva “Red de muladares” de Castilla-La Mancha, que servirán de alimento para aquellas zonas donde con las explotaciones existentes no se alcance el nivel de alimentación deseado.

 

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